Mery Bóveda

ABOGADO

Especialista en Derecho Tributario




Caracas, Venezuela

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  1. Código Orgánico Tributario (G.O. Nº 37.305 del 17-10-01).

  1. 2009: Bs. 55,00 (G.O. Nº 39.127 del 26-2-09).

  2. 2008: Bs.F 46,00 (G.O. Nº 38.855 del 22-1-08).

  3. 2007: Bs. 37.632 (G.O. Nº 38.603 del 12-1-07).

  4. 2006: Bs. 33.600 (G.O. Nº 38.350 del 4-1-06).

  5. 2005: Bs. 29.400 (G.O. Nº 38.116 del 27-1-05).

  6. 2004: Bs. 24.700 (G.O. Nº 37.877 del 11-2-04).

  7. 2003: Bs. 19.400 (G.O. Nº 37.625 del 5-2-03).

  1. Providencia Nº 0073 del SENIAT, que dispone la creación y el funcionamiento del Registro Unico de Información Fiscal (G.O. Nº 38.389 del 2-3-06).

  2. Providencia Administrativa Nº 0084 del 26-1-08, del SENIAT, que modifica las modalidades de inscripción y actualización de las personas naturales en el Registro Único de Información Fiscal (G.O. Nº 38.864 del 6-2-08).

  1. Ley de Impuesto sobre la Renta (G.O. Nº 38.628 del 16-2-07).

  2. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta (G.O. Nº 5.662 Extraordinario del 24-9-03).

  3. Providencia Administrativa Nº 0232 del 24-4-04, del SENIAT, por medio de la cual se califican las jurisdicciones de baja imposición fiscal a los efectos del impuesto sobre la renta (G.O. Nº 37.924 del 26-4-04).

  4. Decreto Nº 1.808 del 23-4-97, Reglamento Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta en materia de retenciones (G.O. Nº 36.203 del 12-5-97).

 
  1. Ley de Impuesto al Valor Agregado (G.O. Nº 38.362 del 26-02-07).

  2. Reglamento General de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado (G.O. Nº 5.363 Extraordinario del 10-7-99).

  3. Providencia Administrativa Nº 0257 del 19-8-08, del SENIAT, que establece las normas generales de emisión de facturas y otros documentos (G.O. Nº 38.997 del 19-8-08).

  4. Providencia Administrativa Nº 0056 del 27-1-05, del SENIAT, mediante la cual se designan agentes de retención del impuesto al valor agregado (G.O. Nº 38.136 del 28-2-05).

  5. Providencia Administrativa Nº 1677 del 14-3-03, del SENIAT, sobre las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes formales del impuesto al valor agregado (G.O. Nº 37.677 del 25-4-03).

 
  1. Ley de Impuesto a las Transacciones Financieras de las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica (G.O. Nº 38.797 del 26-10-07).

  2. Providencia Nº 0754 del Seniat, que establece las Normas relativas al cumplimiento de los deberes del impuesto a las transacciones financieras de las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica (G.O. Nº 38.809 del 13-11-07).

  3. Providencia Nº 0755 del Seniat, que establece las disposiciones para el disfrute de las exenciones del impuesto a las transacciones financieras de las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, por las cancelaciones que se hagan sin mediación de instituciones financieras (G.O. Nº 38.809 del 13-11-07).

 
 
  1. Ley de Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos (G.O. Nº 5.391 Extraordinario del 22-10-99).

  2. Decreto N° 2.001, mediante el cual se exonera del Impuesto sobre Donaciones establecido en el artículo 57 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás ramos conexos a las entidades públicas y los establecimientos privados que en él se indican (G.O N° 36.287 de fecha 09 de septiembre de 1997).

  1. Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT (G.O. Nº 37.320 del 8-11-01).

  2. Decreto Nº 682, contentivo del Reglamento de Reorganización del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria - SENIAT (G.O. Nº 892 del 15-2-00).

  3. Resolución Nº 32 del 24-3-95 del Superintendente Nacional Tributario, sobre la organización, atribuciones y funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT (G.O. Nº 4.881 Extraordinario del 29-3-95).

 
  1. Ley Orgánica de Aduanas (G.O. Nº 38.875 de 21-2-08) .

  2. Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas (G.O. Nº 4.273 Extraordinario de 20-5-91) .

  3. Ley de Timbre Fiscal (G.O. Nº 38.958 del 23-6-08).

  4. Reglamento de la Ley de Timbre Fiscal (G.O. Nº 4.432 Extraordinario del 29-5-92).

  5. Ley de Registro Público y del Notariado (G.O. Nº 5.833 Extraordinario del 22-12-06).

  6. Ley del Seguro Social (G.O. Nº 5.891 Extraordinario de 31-7-08).

  7. Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (G.O. Nº 38.968 del 8-7-08).

  8. Reglamento de la Ley del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (G.O. Nº 37.809 del 3-11-03).

  9. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (G.O. Nº 38.242 del 3-8-05).

  10. Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, referido a los aportes de inversión (G.O. Nº 38.544 del 17-10-06).

 
  1. Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas (G.O. Nº 5.852 Extraordinario del 5-10-07).

  2. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre alcohol y especies alcohólicas (G.O. Nº 2.497 Extraordinario del 27-8-79).

 
  1. Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco (G.O. Nº 5.852 Extraordinaria del 5-10-07).

  2. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre cigarrillos y manufacturas de tabaco (G.O. Nº 2.497 Extraordinario del 27-8-79).

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
  1. Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas (G.O. Nº 5.789 Extraordinario del 26-10-05).

  2. Ley de impuestos a las actividades de juegos de envite o azar (G.O. Nº 38.698 del 5-6-07).

  3. Providencia Administrativa Nº 0897 del SENIAT del 28-12-08, que dispone que los sujetos pasivos del impuesto establecido por la Ley de impuestos a las actividades de juegos de envite o azar, deberán presentar las declaraciones a través del portal del Seniat. Calendario para las declaraciones del año 2008 (G.O. Nº 38.840 del 28-12-07).

  4. Providencia Administrativa Nº 0343 del SENIAT del 8-6-07, que dispone que los contribuyentes sujetos al impuesto regulado por la Ley de impuestos a las actividades de juegos de envite o azar, deberán presentar las declaraciones de la manera que en ella se especifica (G.O. Nº 38.708 del 19-6-07).

  1. Ley Orgánica de Hidrocarburos (G.O. Nº 38.493 del 4-8-06).

  2. Ley de contribución especial sobre precios extraordinarios del mercado internacional de hidrocarburos (G.O. Nº 38.910 del 15-4-08).

  3. Ley de contribución especial sobre precios extraordinarios del mercado internacional de hidrocarburos (G.O. Nº 38.910 del 15-4-08).

  4. Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos (G.O. Nº 36.793 del 23-9-99).

  1. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (G.O. Nº 37.323 del 11-11-01).

  1. Ley Orgánica de Telecomunicaciones (G.O. Nº 36.970 del 12-6-00).

  2. Reglamento de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones sobre el servicio universal de telecomunicaciones (G.O. Nº 5.735 Extraordinario de 11-11-04).

  3. Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (G.O. Nº 38.333 del 12-12-05).

  4. Ley de la Cinematografía Nacional (G.O. Nº 5.789 Extraordinario del 26-10-05).

  5. Ley Orgánica de Turismo (G.O. Nº 5.889 Extraordinario de 31-7-08).

 
 
  1. Ley Orgánica del Poder Público Municipal (G.O. Nº 5.806 Extraordinario del 10-4-06).

  2. Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos (G.O. Nº 5.891 Extraordinario de 31-7-08).

NORMAS LEGALES DE INTERÉS

  1. Alemania (G.O. Nº 36.266 del 11-8-97).

  2. Austria (G.O. Nº 38.598 del 5-1-07).

  3. Barbados (G.O. Nº 5.507 Extraordinaria del 13-12-2000).

  4. Bélgica (G.O. Nº 5.269 Extraordinaria del 22-10-98).

  5. Brasil (G.O. Nº 38.344 del 27-12-05).

  6. Canadá (G.O. Nº 37.927 del 29-4-04).

  7. China (G.O. Nº 38.089 del 17-12-04).

  8. Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela). Decisión 578 sobre el Régimen Común para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en los países miembros de la CAN (Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena Nº 1.063 del 5-5-04).

  9. Corea (G.O. Nº 38.598 del 5-1-07).

  10. Cuba (G.O. Nº 38.086 del 14-12-04).

  11. Dinamarca (G.O. Nº 37.219 del 14-6-2001).

  12. España (G.O. Nº 37.913 del 5-4-04).

  13. Estados Unidos de América (G.O. Nº 5.427 Extraordinaria del 5-1-2000).

  14. Francia (G.O. Nº 4.635 Extraordinaria del 28-9-93).

  15. Indonesia (G.O. Nº 5.507 Extraordinaria del 13-12-2000).

  16. Irán (G.O. Nº 38.344 del 27-12-05).

  17. Italia (G.O. Nº 4.580 Extraordinaria del 21-5-93).

  18. Kuwait (G.O. Nº 38.347 del 30-12-05).

  19. Malasia (G.O. Nº 38.842 del 3-1-08).

  20. Noruega (G.O. Nº 5.265 Extraordinaria del 1-10-98).

  21. Países Bajos (G.O. Nº 5.180 Extraordinaria del 4-11-97).

  22. Portugal (G.O. Nº 5.180 Extraordinario del 4-11-97).

  23. Qatar (G.O. Nº 38.796 del 25-10-07).

  24. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte Norte (G.O. Nº 36.111 del 19-12-96, G.O. Nº 36.148 del 18-2-97 y G.O. Nº 5.218 Extraordinaria del 6-3-98).

  25. República Checa (G.O. Nº 5.180 Extraordinaria del 4-11-97).

  26. Rusia (G.O. Nº 5.822 Extraordinaria del 25-9-06).

  27. Suecia (G.O. Nº 5.274 Extraordinaria del 12-11-98).

  28. Suiza (G.O. Nº 5.192 Extraordinaria del 18-12-97).

  29. Trinidad y Tobago (G.O. Nº 5.180 Extraordinaria del 4-11-97).

  30. Vietnam - República Socialista (G.O. Nº 39.183 del 21-5-09).

  1. Providencia Nº 0954 del Seniat del 8-11-05, que regula y controla la presentación por parte de los sujetos pasivos de la notificación de compensaciones y cesiones establecidas en los art. 49 y 50 del COT (G.O. Nº 38.324 del 29-11-05).

 
  1. Providencia Nº 0116 del Seniat del 14-2-05, que establece el procedimiento de otorgamiento de prórrogas, fraccionamientos y plazos para la declaración o pago de obligaciones tributarias (G.O. Nº 38.213 del 21-6-05).